Represalias

¿Qué son represalias?

Tomar represalias es cuando el propietario indebidamente finaliza el contrato de alquiler, solicita un desalojo, priva al inquilino del uso de las instalaciones, reduce los servicios a un inquilino o sube la renta por alguna de las siguientes razones: (1) un inquilino intenta ejercer los derechos que le otorga el contrato, una orden municipal o leyes estatales o federales; o (2) el inquilino entregó al propietario una notificación de reparación o notificación de que el inquilino estaba ejerciendo su derecho según el capítulo 92 del Código de Propiedad; o (3) el inquilino presentó una queja ante una entidad gubernamental, un servicio público o una agencia civil o sin fines de lucro acerca de una violación al código de vivienda; o (4) el inquilino estableció, intenta establecer, o participa en una organización de inquilinos. Vea Sección 92.331(a) del Código de Propiedad.

La protección contra las represalias dura seis meses a partir de la fecha de la acción del inquilino.

No son represalias si usted rompió su contrato. El propietario puede en cualquier momento terminar el contrato de alquiler y desalojar a un inquilino por violaciones al contrato. Por ejemplo, si no pagó su renta, si causa daño a la propiedad deliberadamente o amenaza la seguridad personal del propietario o sus empleados, el propietario puede desalojarle.

El propietario puede subir la renta si el contrato de alquiler tiene una provisión para un incremento en la renta debido a mayores costos de servicios, impuestos o seguro. El propietario también puede subir la renta o reducir los servicios públicos si es parte de un patrón de incrementos de renta o reducciones de servicios para el complejo entero.

Si el propietario toma represalias, ¿qué puedo hacer?

Antes de que planee tomar medidas contra un propietario, siempre asegúrese de que su renta esté completamente al corriente.

Es importante entregar notificaciones de reparación por escrito, fecharlas, y hacer copias para su protección. Si usted llama a una agencia gubernamental, también es prudente tomar nota de con quién habló y la fecha y hora de su llamada.

Si el propietario toma represalias ilegalmente, puede escribir una carta a su arrendador exigiendo un alto. También puede demandar a su arrendador por: (1) una sanción civil de un mes de renta más $500; (2) daños reales; (3) los gastos razonables asociados con mudarse a otro lugar (si le sacaron a la fuerza); y (4) honorarios legales y costos del tribunal menos cualquier cantidad de dinero que le deba al propietario. Pero recuerde: el propietario ganará si puede probar que sus acciones no fueron con afán de tomar represalias (ver Cosas que no cuentan como represalias). 

Para más información mire los estatutos en cuanto a las represalias, empezando en la Sección 92.331 del Código de Propiedad.

Carta exigiendo un alto a las represalias

Puede usar este formato de carta para exigir un alto a cualquier acción de represalia que haya sido tomada contra usted. La puede mandar al gerente de la propiedad, a la empresa gestora, e incluso al dueño de la propiedad. Esto es más fácil, barato y rápido que involucrar a los tribunales, pero si el propietario no detiene sus represalias, puede considerar demandarlo (ver Solicitud de demanda por represalias).

Solicitud de demanda por represalias

Este formulario de solicitud puede usarse para presentar una demanda en el tribunal de justicia para pedir: una sanción civil de un mes de renta más $500, daños reales, gastos judiciales, honorarios razonables de abogado y gastos de su mudanza (si fue obligado a mudarse). 

El tribunal de justicia tiene un límite jurisdiccional de $20,000, y a veces simpatiza más con los propietarios porque frecuentemente presentan desalojos en sus cortes. Sin embargo, es más fácil representarse a uno mismo ante el tribunal de justicia, es menos costoso presentar la demanda, y el juicio se llevará a cabo más rápido. Hay instrucciones a continuación, pero vea Demanda a tu arrendador para aprender cómo presentar la demanda y llevar el caso ante el tribunal de justicia.

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